- Ley 29 de 1905, pensión vitalicia para magistrados corte suprema de justicia edad 60 años.
- Ley 57 de 1915, el estado sufragaba gastos de accidentes de trabajo a los trabajadores de la construcción.
- Ley 46 de 1918, regular lo concerniente a las habitaciones de los obreros.
- Ley 78 de 1919, regular aspectos relativos a la huelga, el estado aceptaba que se podía presentar la huelga pero aun no estaba reglamentado como un derecho de los trabajadores.
- En 1936 se garantiza el derecho a la huelga, salvo los servicios públicos, aparece la constitución de 1991 como articulo 56.
martes, 27 de octubre de 2015
Abolición de la esclavitud
Con el presidente Jose Hilario López se la da abolición de la esclavitud acaba el 1 de enero de 1852 y nacen unas leyes sociales, que constituyen el Código Sustantivo del Trabajo.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)

No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por participar en esta pagina.